Justicia lenta no es justicia...
¡Aguante, Aerovías DAP!
Qué mejor que empezar el año con una noticia positiva.
Como reporta estos días alguna prensa nacional, recientemente la Corte Suprema chilena ha fallado a favor de la aerolínea magallánica Aerovías DAP S.A. en el contencioso que ésta tenía contra la asociación LanChile-National-Ladeco desde 1997, pelea que, en esencia, significó que cuando los pujantes puntarenenses quisieron participar del negocio Santiago-Punta Arenas con material de línea a reacción, las prácticas antimercado de las anteriormente mencionadas terminaron por sacarla con viento fresco del proyecto. El sistema, entonces, ha terminado por darle la razón a los hermanos Pivcevic, aunque a destiempo, a mi juicio.
Como reporta estos días alguna prensa nacional, recientemente la Corte Suprema chilena ha fallado a favor de la aerolínea magallánica Aerovías DAP S.A. en el contencioso que ésta tenía contra la asociación LanChile-National-Ladeco desde 1997, pelea que, en esencia, significó que cuando los pujantes puntarenenses quisieron participar del negocio Santiago-Punta Arenas con material de línea a reacción, las prácticas antimercado de las anteriormente mencionadas terminaron por sacarla con viento fresco del proyecto. El sistema, entonces, ha terminado por darle la razón a los hermanos Pivcevic, aunque a destiempo, a mi juicio.
No me llama la atención que Lan o Ladeco incurrieran en tales conductas, aunque sí que lo hiciera la relativamente nueva National, una compañía que al poco tiempo, y luego de fusionarse con Avant, desapareció sin pena ni gloria y para siempre de los aeropuertos chilenos, camino que seguiría Avant poco después y también Ladeco. No olvidemos que National también debió soportar los embates de las más grandes cuando entró al mercado en 1992, mismo que se la comió inmisericordemente pocos años después. Justicia divina más una adecuada capacidad de repliegue, Aerovías DAP es la única que sigue volando de todas las mencionadas (exceptuando a LanChile, obviamente), y no cabe duda de que posee un potencial de desarrollo todavía por conocer.
Para leer más acerca del reciente fallo del tribunal de la calle Compañía recomiendo leer el reporte del blog Roll Out, donde su editor -Carlos Abella- hace un muy buen aporte con una foto de uno de los Boeing de DAP luciendo su original matrícula estadounidense, de seguro hecha antes de la entrega a mediados de los '90.
Por mi parte, y para quienes ignoran detalles de los dos trirreactores operados desde Punta Arenas, aporto un par de imágenes de mi colección (desconozco sus autores) que los muestran en gloria y majestad. Los datos provienen del Registro Nacional de Aeronaves, y están debidamente consignados en mi libro editado el año 2000 y titulado 36 años de aviones jet en las aerolíneas chilenas, 1964-2000.
En general, Aerovías DAP, fundada en 1980, operó entre 1995 y 1997 dos Boeing 727. El primero de ellos, el Boeing 727-23, c/n 18445, fue arrendado por los magallánicos el 1 de diciembre de 1995 al First Security Bank of Utah, USA, por un término de 12 meses, produciéndose la entrega el día 12 del mismo mes. El registro estadounidense de este avión era el N1989, y en Chile asumió la matrícula CC-CLZ, la que estuvo formalmente vigente entre el 15 de diciembre de 1995 y el 24 de marzo de 1997. El avión retornó a la arrendadora el 22 de marzo de 1997 para ser entregado en leasing a la boliviana Aerosur como CP-2320.
El segundo avión usado por DAP también fue un Boeing 727-23, y su número de serie fue el 18428. Aerovías DAP S.A. lo arrendó igualmente del banco de Utah el 29 de agosto de 1996, en un contrato pactado hasta el 31 de diciembre de 1997. La matrícula americana anterior fue la N1972, y en Chile se le registró como CC-CLJ, recibiendo también el nombre Magallanes. La matrícula nacional estuvo vigente entre el 4 de septiembre de 1996 y el 30 de abril de 1997, pasando posteriormente a Aerosur como CP-2322. Es obvio que el contrato con el First Security Bank debió terminar en forma anticipada.